Anabela Rodrigues
(NI, Portugal)
— 1807 Votaciones · Parlamento UE:
127 A favor (7.0%),
45 En contra (2.5%),
15 Abstención (0.8%),
1620 No votó (89.7%).
Votaciones nominales · Parlamento UE
Cómo Anabela votó.
Próxima sesión plenaria:5 de octubre de 2026(en 14 días)
Modificación del Reglamento (UE) n.º 575/2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito, en lo que respecta a los requisitos aplicables a las exposiciones de titulización
(Moción aprobada):
294 A favor,
192 En contra,
90 Abstención,
163 No votó
(739 Miembros).
Anabela Rodrigues: No votó.
21may
2026
21. may 2026·A10-0137/2026
Modificación del Reglamento (UE) n.º 575/2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito, en lo que respecta a los requisitos aplicables a las exposiciones de titulización
Modificación de las Directivas 2009/65/UE, 2013/36/UE y (UE) 2019/2034 en lo que respecta al tratamiento del riesgo de concentración frente a entidades de contrapartida central y el riesgo de contraparte en las operaciones con derivados compensadas de forma centralizada
(Moción aprobada):
448 A favor,
120 En contra,
21 Abstención,
218 No votó
(807 Miembros).
Anabela Rodrigues: En contra.
24abr
2024
24. abr 2024·A9-0399/2023
Modificación de las Directivas 2009/65/UE, 2013/36/UE y (UE) 2019/2034 en lo que respecta al tratamiento del riesgo de concentración frente a entidades de contrapartida central y el riesgo de contraparte en las operaciones con derivados compensadas de forma centralizada
Modificación de los Reglamentos (UE) n.º 648/2012, (UE) n.º 575/2013 y (UE) 2017/1131 por lo que respecta a las medidas para mitigar las exposiciones excesivas frente a entidades de contrapartida central de terceros países y para mejorar la eficiencia de los mercados de compensación de la Unión
(Moción aprobada):
448 A favor,
122 En contra,
20 Abstención,
215 No votó
(805 Miembros).
Anabela Rodrigues: En contra.
24abr
2024
24. abr 2024·A9-0398/2023
Modificación de los Reglamentos (UE) n.º 648/2012, (UE) n.º 575/2013 y (UE) 2017/1131 por lo que respecta a las medidas para mitigar las exposiciones excesivas frente a entidades de contrapartida central de terceros países y para mejorar la eficiencia de los mercados de compensación de la Unión