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Audiencias en curso en virtud del artículo 7, apartado 1, del TUE relativas a Polonia y Hungría (debate)
La Delegación Socialista ha votado a favor de esta Resolución ya que muestra un verdadero compromiso para realizar progresos significativos en los procedimientos en curso del apartado 1 del artículo 7 del TUE, en consonancia con sus obligaciones en virtud de los Tratados. A peticiones del Parlamento, las audiencias no se organizan de forma regular, estructurada y abierta. Instamos a las futuras Presidencias a que organicen las audiencias con regularidad y como mínimo una vez por Presidencia. Pedimos al Consejo que garantice que las audiencias en virtud del apartado 1 del artículo 7 del TUE también aborden los nuevos acontecimientos, incluidos los relacionados con las violaciones de los derechos fundamentales. Pedimos a la Comisión y al Consejo que se abstengan de aprobar los planes nacionales de Polonia y Hungría en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia hasta que hayan cumplido plenamente todas las recomendaciones específicas para cada país en el marco del Semestre Europeo y hayan aplicado todas las sentencias pertinentes del Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Las conclusiones de la Comisión deberían constituir motivo suficiente para que el Consejo adopte recomendaciones en el procedimiento del artículo 7.1 del TUE.