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Violación del Derecho de la Unión y de los derechos de los ciudadanos LGBTIQ en Hungría como consecuencia de las modificaciones legales aprobadas por el Parlamento húngaro - Resultado de las audiencias del 22 de junio, celebradas de conformidad con el artículo 7, apartado 1, del TUE, sobre Polonia y Hungría (continuación del debate)
¡Lea la Ley LXXIX de 2021! Las secciones anteriores se pueden encontrar en las contribuciones escritas de Tamás Deutsch, Andrea Bocskor, Edina Tóth, Ádám Kósa. 5. Modificación de la Ley CLXXXV de 2010 sobre servicios de medios de comunicación y medios de comunicación (3) En la sección 32, se añade el apartado 4 bis siguiente: «4 bis) Los programas que puedan perjudicar el correcto desarrollo físico, mental y moral de los niños, en particular teniendo como elemento definitorio la representación gratuita de la sexualidad, la pornografía y la promoción y exhibición de desviaciones de la identidad propia correspondientes al sexo al nacer, la reasignación de género y la homosexualidad, no se considerarán anuncios de servicio público o publicidad de servicio público.» La sección 168/A, apartado 1, se sustituye por el texto siguiente: Teniendo en cuenta la experiencia de supervisión del año anterior, el Consejo de Medios de Comunicación elaborará un plan anual de supervisión a más tardar el 1 de diciembre del año anterior al año en curso y lo publicará en su sitio web en un plazo de quince días. Al preparar su plan anual de supervisión, el Consejo de Medios de Comunicación prestará especial atención al cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección de los niños y los menores. El Consejo de Medios de Comunicación garantizará la coherencia de sus planes de supervisión. Sobre la base de las experiencias del primer semestre, los planes pueden revisarse al final del semestre y, si es necesario, pueden ser modificados por el Consejo de Medios de Comunicación. El Consejo de Medios de Comunicación publicará el plan de supervisión modificado en su sitio web en un plazo de quince días a partir de la modificación.