15
Sep
2021
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Definición de la violencia de género como nuevo ámbito delictivo recogido en el artículo 83, apartado 1, del TFUE (continuación del debate)
Señora Presidenta, la igualdad de género no puede existir en la Unión Europea a menos que primero eliminemos la violencia de género contra las mujeres y las personas LGBTI. A pesar de las medidas positivas adoptadas hasta ahora en esta dirección, nos hemos retrasado injustificadamente. ¿Cómo esperamos combatir la violencia de género cuando, incluso hoy en día, no existe una estrategia europea global para erradicarla, o cuando persisten lagunas y divergencias en la legislación de los Estados miembros? Es necesario que la Comisión proponga inmediatamente una directiva amplia y holística que ponga fin a esta forma sistemática de violencia, horizontalmente, en la Unión Europea. Para que esto suceda, la violencia de género debe introducirse como un nuevo ámbito delictivo en el artículo 83 del Tratado y, por lo tanto, actuar como base jurídica para garantizar definiciones jurídicas comunes y normas mínimas comunes destinadas a prevenir y abordar la violencia de género. Señorías, no podemos permitirnos perder más tiempo. Por lo tanto, le insto a que esté a la altura de las circunstancias y vote a favor del informe.