17
Jun
2025
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Lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y el material de abuso sexual de menores y sustitución de la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo (versión refundida) (debate)
Señora Presidenta, cada grupo humano se eleva moralmente cuando organiza políticamente la protección de los más pequeños y débiles. Por lo tanto, Europa puede estar orgullosa hoy de haber trabajado hasta alcanzar su grandeza cuidando a sus hijos, especialmente a aquellos que han tenido la desgracia de experimentar la depredación sexual. Equipar a nuestras fuerzas policiales y nuestros tribunales, que tienen que cuidar a las víctimas y enfrentar a sus verdugos por ellas, es algo feliz. Parte de la tarea podría haberse facilitado añadiendo en el informe la expulsión automática de pedófilos extranjeros. Sin embargo, podemos lamentar aquí el pasaje forzado por los clichés ideológicos del momento. Estoy pensando en la posibilidad legal de utilizar el bloqueo legítimo de archivos de pornografía infantil para censurar otras partes de Internet, pero estoy pensando sobre todo en agregar la noción de consentimiento. ¿De qué consentimiento sexual estamos hablando cuando hablamos de menores? Ya legalmente complicado para un mayor, ¿por qué aplicarlo a los niños? Como cuestión de principio, con un niño, no hay consentimiento para el acto sexual. El consentimiento es precisamente el argumento de "loverboys" en los Países Bajos o "grooming gangs" en el Reino Unido. De hecho, algunos jóvenes menores querían irse con su depredador a quien amaban y que los fascinaba. ¿La noción de consentimiento los habría protegido? No, todo lo contrario. Así que el principio es simple: No hay consentimiento sexual cuando se habla de niños, es sólo un crimen.