Modificación del Reglamento (UE) 2024/1348 en lo que respecta a la aplicación del concepto de «tercer país seguro»

Referencia: A10-0255/2025

Fecha: 10.02.2026

política migratoria de la UE ayuda al retorno migración ilegal seguridad pública país tercero protección internacional derecho de asilo ayuda a los refugiados migración de retorno extranjero
Resultado general
220
396
87
220 A favor
396 En contra
37 Abstención
87 No votó
Enmienda — Estás viendo una subvotación (enmienda) de la votación principal.
← Volver a la votación principal
La modificación del Reglamento (UE) 2024/1348 flexibiliza los requisitos para aplicar el concepto de «tercer país seguro». Los Estados miembros podrán actuar sin necesidad de una conexión previa con el solicitante si existen acuerdos con terceros países. El objetivo es crear una política de asilo más eficiente y uniforme en la UE, evitando abusos y acelerando los procedimientos. Grupos vulnerables, como menores no acompañados, quedan exentos salvo en casos de riesgos para la seguridad. La transparencia y coordinación entre Estados miembros se refuerzan mediante obligaciones de notificación.
Enmiendas
Filtrar por país
← Vista paginada