Modificación del Reglamento (UE) 2024/1348 en lo que respecta al establecimiento de una lista de países de origen seguros al nivel de la Unión

Fecha: 10.02.2026 · Referencia: A10-0259/2025

país tercero protección internacional geopolítica derechos fundamentales política migratoria de la UE cooperación política apátrida migración ilegal derecho de asilo extranjero solicitante de asilo refugiado
Resultado general: 408 A favor
408 A favor
184 En contra
60 Abstención
89 No votó
Resumen del informe
Fuente: Exposición de motivos (Generado por IA)
El reglamento propone crear una lista de la UE de países de origen seguros para agilizar y unificar los procedimientos de asilo. Los países candidatos a la adhesión a la UE y otros terceros estados se clasifican como seguros, salvo que existan riesgos concretos como conflictos armados o violaciones sistemáticas de derechos humanos. Los Estados miembros mantienen el derecho a establecer listas nacionales, pero la lista de la UE busca garantizar coherencia. La designación se basa en criterios objetivos, como tasas de reconocimiento y estándares de derechos humanos, y puede adaptarse según evolucione la situación. Se asegura la evaluación individual de cada solicitud de asilo, incluso con procedimientos acelerados.
Enmiendas
Filtrar por país
← Vista paginada